El impuesto de sucesiones en Madrid es aplicable a aquellos bienes que una persona recibe por herencia o donación. Aunque es un impuesto aplicable en toda España, cada Comunidad Autónoma puede presentar diferencias en la aplicabilidad. Por tal motivo, le mostraremos los detalles de este impuesto, como su definición, como calcularlo y más.
¿Qué es el impuesto de sucesiones en Madrid?
Es sencillo comprender a qué se refiere el impuesto de sucesiones en Madrid, al igual que se aplica en el resto del país. En este caso, se debe pagar este impuesto cuando hay un traspaso de bienes de una persona física a otra por causa de muerte. Es decir, al recibir una herencia, aunque también aplica para la donación entre personas vivas.
Además, este gravamen, conocido como impuesto de sucesiones y donaciones, posee las siguientes características:
- Este impuesto es personal, es decir, lo paga directamente quien recibe la herencia o donación.
- A medida que aumenta la cantidad recibida, mayor es el tipo impositivo que deberá pagar.
- El impuesto se aplica directamente al patrimonio del contribuyente y no al consumo.
Bienes o derechos sujetos al impuesto de sucesiones
Este impuesto grava todos los incrementos de patrimonio del contribuyente que recibe gratuitamente por donación o herencia. Además, la transmisión de los derechos o bienes incluye los seguros de vida, pero la persona fallecida debe ser la asegurada. Sin embargo, puede solicitar una liquidación parcial del impuesto en caso de los seguros de vida.
Esto es imprescindible, ya que le permitirá disponer de la cantidad con anterioridad y de esta manera poder usarla. En este caso, sería para poder liquidar el resto de sus deberes tributarios de forma sencilla.
Contribuyentes del impuesto de sucesiones en Madrid
Como hemos mencionado, los herederos o fiduciarios son las personas sujetas al pago del impuesto de sucesiones en el país. Asimismo, los beneficiarios de contratos de seguro de vida también deben pagar este impuesto luego del fallecimiento del asegurado. Además, el valor de los bienes o derechos es aquel que poseen al momento del fallecimiento del asegurado.
Valor de los bienes y derechos heredados
El valor de los derechos y bienes heredados son estimados según la fecha en que la persona falleció. No obstante en seguida detallaremos la valoración de cada bien según su tipo:
- Valoración de inmuebles. Estos serán producidos el 1 de enero de 2022 y el monto para el valor de viviendas como garajes y fincas, entre otros, será valorado según catastro inmobiliario. Sin embargo, si lo declarado supera el valor de la referencia, se aplicará como base imponible.
- Valoración de vehículos. En este caso, podrá consultar el valor de motos, todoterrenos y scooters, entre otros. No obstante, la valoración obtenida será solo informativa y no impedirá la comprobación administrativa que se realice posteriormente.
Adicionalmente, si es de su interés, las herencias en efectivo serán los impuestos que debe pagar cuando la reciba.
Lugar y métodos de pago del impuesto de sucesiones
Las autoliquidaciones se hacen de forma individual, por lo que si tiene varias declaraciones, podrá decidir qué hacer con ellas. En este caso, las opciones son aplazarlas, fraccionarlas o pagarlas, para lo cual podrá usar los siguientes medios:
- Cargos en cuentas corrientes en las entidades que prestan colaboración con la Comunidad de Madrid, las cuales son, BBVA, Banco de Sabadell, Cajamar y Caixabank.
- Pagos con tarjeta de débito o crédito.
- Haciendo transferencia por medio de la Oficina Tributarias, la cual emitirá un número único de cuenta para cada autoliquidación. Asimismo, el pago será efectivo al momento de recibirlo la Tesorería de la Comunidad de Madrid, por lo que deberá mantener conexión con la Oficina Virtual.
Como se manejan las reducciones del
A continuación, le mostraremos una lista detallada de las reducciones específicas del impuesto de sucesiones en Madrid:
Reducciones según el parentesco con el fallecido
Las reducciones por vínculo familiar con el fallecido están divididas en 4 grupos como observara seguidamente
- Grupo I. Por herencia a descendientes directos o adoptados de 21 años por un monto de 16.000 €. Adicionalmente, 4.000 € por año para menores de 21, el heredero y la reducción no excederá de 48.000 €.
- Grupo II. Bienes por herencia a descendientes y adoptados, cónyuges, padres, abuelos y adoptantes, la deducción es de 16.000 €.
- Grupo III. Herencias a segundos y tercer grado, como hermanos sobrinos y descendientes por afinidad, la reducción es de 8.000 €.
- Grupo IV. Herencias a cuarto grado o a más distantes, no habrá ningún tipo de reducción
Reducción aplicada por discapacidad
Esta dependerá del grado de discapacidad del heredero, por ejemplo, si tiene una discapacidad del 33% recibirá una reducción de 55.000 €. En cambio, si la discapacidad es del 65% o más, obtendrá 153.000 € de reducción.
Reducción aplicada por seguro de vida
Por los contratos de seguros de vida la reducción a aplicar será de 9.200 € por ser cónyuge, descendientes, adoptado o adoptante del fallecido.
Reducción por vivienda familiar
Por cualquier familiar directo o indirecto que vivió con el fallecido por 2 o 3 años, se hará una reducción del 95% con un límite de 123.000 €. En este caso, es para cada persona siempre y cuando este cinco años después del fallecimiento de la persona.
Reducciones por negocio individual
En este caso, la partición del negocio entre los familiares directos o adoptados será aplicada según el artículo 4.8 de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio. Asimismo, la reducción será del 95% del valor neto declarado siempre y cuando se mantenga 5 años después del fallecimiento del causante. No obstante, quedará sin validez, si el beneficiario fallece dentro de este plazo.
Reducción por los bienes del patrimonio histórico
Cuando la base imponible de la herencia es del cónyuge, descendientes directos o adoptados del fallecido, se incluirá los bienes. Esto es basándose en los apartados 1, 2 y 3 del artículo 4 de la Ley de Impuesto sobre Patrimonio, referente a los integrantes. La reducción será de un 95% con requisito de permanencia de 5 años luego de la muerte del causante.
Síndrome tóxico
Es cuando la base imponible de impuesto es integrada con las indemnizaciones compensadas por la Administración pública. De esta manera, se refiere a los afectados por el síndrome tóxico y se aplicará una reducción sobre importes del 100%. Sin embargo, no aplicará si la indemnización está sujeta al Impuesto sobre la Renta de personas físicas.
Actos de terrorismos
En caso de herederos de fallecidos por actos de terrorismo, se aplicará una reducción de un 99%. Sin embargo, no aplicará si está sujeta al Impuesto sobre la Renta de la las personas físicas.
De modo que, en cuanto al impuesto de sucesiones en Madrid, es similar a este tipo de impuesto en el territorio, con sus excepciones particulares. No obstante, si desea saber más acerca de este tema u otros de relevancia, póngase en contacto con nosotros y haz click aqui.