Facturación

Aprenda cómo facturar sin ser autónomo fácilmente

Saber cómo facturar sin ser autónomo es un paso importante si ofrece algún tipo de servicio y querer desempeñarlo legalmente. En este sentido, si tiene la edad legal para trabajar puede facturar según los requisitos establecidos. Esto se debe a que existe una serie de condiciones para poder hacer esto dentro del marco legal establecido.

Por lo tanto, preparamos una guía sencilla para que conozca cuáles son los requisitos necesarios para facturar sin ser autónomo.

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Posibilidades de facturar sin ser autónomo

Antes de detallar el proceso de cómo facturar sin ser autónomo, explicaremos por qué es posible hacerlo. Este proceso se ha permitido para que las personas que realizan actividades esporádicas o poco habituales puedan operar legalmente. Sin embargo, dichas personas deben estar registradas en la Agencia Tributaria usando los modelos 036 o 037.

En este caso, antes de poder emitir una factura legal, la persona interesada debe obligatoriamente realizar este trámite. No obstante, podría emitir una factura sin darse de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) bajo algunas circunstancias. Uno de los detalles importantes es la frecuencia de las actividades económicas.

Las personas que realicen actividades poco frecuentes y que además estas no representen la fuente principal de ingresos, pueden facturar sin ser autónomos. Sin embargo, deben cumplir con otros requisitos obligatorios como lo son:

  • Darse de alta en Hacienda. Para este particular, debe usar los modelos 036 o 037 que sirven para darse de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.
  • Emisión de facturas. Las facturas deben cumplir con los requisitos establecidos por la ley, incluido el IVA e IRPF.
  • Declarar impuestos. Los interesados deben presentar las declaraciones del IVA trimestral y la del IRPF (si corresponde), que son los modelos 303 y 103 respectivamente.

Cómo facturar sin ser autónomo

Recuerde que uno de los requisitos principales a cumplir es que la actividad comercial que realice no debe ser recurrente. En caso contrario, deberá darse de alta como autónomo y cumplir con las obligaciones impuestas por no cumplir con los requisitos necesarios. Además, deberá darse de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de Hacienda.

Para ello, deberá usar el Modelo 037, requisito indispensable aun cuando no esté dado de alta en el RETA. Cuando vaya a realizar este trámite, deberá presentar ante las autoridades la información detallada que incluye lo siguiente:

  • Datos personales
  • Datos fiscales
  • Epígrafe del IAE (Impuesto de Actividades Económicas) que esté directamente relacionado con la actividad que realizará
  • Obligaciones tributarias

Al cumplir con estos requisitos de manera efectiva, podrá comenzar a facturar siempre y cuando continúe cumpliendo con el requisito de frecuencia de la actividad.

Emitir una factura

Es necesario que, si desempeña una actividad que lo exija, emita una factura al cliente para el que realiza la actividad. De este modo, si factura a una empresa, esta última tendrá que incluir la operación en su declaración tributaria. Así, Hacienda podrá comprobar el origen de la factura y determinar si todo lo que incluye cumple con las condiciones legales.

Por supuesto, si la factura no cumple con lo necesario en términos legales, el emisor tendrá problemas con las autoridades. En consecuencia, aparte del registro pertinente que debe hacer como generador de la factura, también debe incluir lo siguiente:

  • Datos completos del emisor de la factura
  • Número de factura
  • Fecha
  • Datos del remitente (Nombre, dirección, NIF, etc.)
  • Concepto
  • IVA
  • IRPF (de ser necesario)
  • Importe total
  • Forma de pago

Todo esto hará que su factura sea completamente legal, ya que cumple con los requisitos exigidos por la ley. Asimismo, debe recordar que tiene que realizar la declaración trimestral y anual del IVA y el IRPF. Los modelos para este propósito son el 303 para el pago trimestral del IVA y el 130 para el IRPF.

Requerimientos para facturar

Como hemos mencionado, facturar sin ser autónomo no puede realizarlo sin ningún tipo de control, antes debe cumplir con lo siguiente:

  • Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Debe darse de alta en el IAE a través del modelo 037 y así poder tributar los impuestos de acuerdo a su actividad. Este proceso puede realizarlo en formato físico en la Administración o Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Sin embargo, también puede hacerlo en formato electrónico, registrándose previamente, un servicio exclusivo para personas físicas.

  • Actividad esporádica. La facturación sin ser autónomo se basa más en el hecho de la frecuencia de la actividad que en la cantidad obtenida. Como hemos mencionado, para evitar inconvenientes, la actividad que realiza no debe ser su principal fuente de ingresos.
  • Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Aunque no es un requisito obligatorio, si es recomendable no superar este límite, que actualmente (2025) es de 1184 € mensuales.

En este último caso, es un requisito recomendable, ya que permite demostrar fácilmente que no se trata de su actividad principal. De igual manera, si comienza a emitir facturas con mayor frecuencia, las autoridades considerarán que la actividad es más común. Por lo tanto, esto podría indicar que está eludiendo la obligación de darse de alta ante el RETA.

Así que, uno de los aspectos más relevantes de facturar de esta manera se basa en el hecho de con qué frecuencia factura para considerarlo como su actividad principal.

Multas por facturar sin ser autónomo

Cuando hablamos sobre cómo facturar sin ser autónomo, se delimitaron los requisitos necesarios para hacerlo.De manera que, si no cumple con cada uno de ellos, usted se arriesga a recibir una sanción económica. En este caso, la cantidad oscila entre los 300 y los 3000 €, lo cual dependerá de la cantidad que haya facturado durante el periodo de la actividad.

De igual forma, tendrá que pagar las cuotas de autónomo que corresponden a cada mes en el que haya realizado sus labores. Además, se agrega el 20% de recargo sobre cada una de las cuotas mencionadas como demora por el incumplimiento.

Así que, para evitar tener inconvenientes y poder continuar con sus actividades extras a la principal, debe cumplir los requisitos legales. Si de igual forma quiere obtener asesoría o información adicional al respecto, puede contactarnos sin dudarlo.

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